Informe de Sunat: se absuelve consulta institucional sobre exoneración de ITF a operaciones realizadas por Bancos de Inversión

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 055-2020-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:”La exoneración del ITF establecida en el inciso f) del Apéndice del TUO de la Ley N.° 28194 resultará aplicable a las operaciones realizadas por los Bancos de Inversión a través de las cuentas que mantienen en el Banco Central de Reserva, en la medida que no se destinen a los pagos por adquisición de activos o a las donaciones y cualquier pago que constituya gasto o costo para efectos del Impuesto a la Renta, excepto los gastos financieros lo cual deberá ser determinado en cada caso en particular, tomando en cuenta, para el efecto, las características de cada operación.”Texto completo: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2020/informe-oficios/i055-2020-7T0000.pdfFecha de publicación: 26.08.2020Fuente: Web Sunat

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