Informe de Sunat: Consulta sobre diferencia de cambio de intereses no pagados a no domiciliados

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 073-2023-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:

“En relación con créditos en moneda extranjera del exterior, obtenidos para financiar el objeto habitual de la actividad gravada de una persona jurídica domiciliada ; que devengan intereses en dicha moneda, los cuales no han sido pagados o acreditados dentro del plazo establecido por el reglamento de la LIR para la presentación de la declaración jurada ; la diferencia de cambio generada con ocasión del reconocimiento de los referidos intereses será computable para determinar la renta imponible”.

Texto completo: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2023/informe-oficios/i000073-2023-7T0000.pdf

Fecha de publicación: 14.06.2023

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0