Empleador puede sancionar conductas ajenas al trabajo

Todo comportamiento que resulte institucional y funcionalmente nocivo para la empresa y que sea demostrado en el ámbito público puede ser objeto de XNTsanción por parte del empleador. Así lo estableció el Tribunal Constitucional a través de su sentencia recaída en el expediente Nº 03485-2012-PA-TC, con la declaró fundada una demanda de amparo presentada por dos funcionarios públicos contra la oficina de control interno de su entidad empleadora.Como fundamento de la sentencia se desprende que el Reglamento de Organización y Funciones de control interno de la institución empleadora sanciona las conductas deshonrosas cometidas no solamente en el centro laboral, sino además aquellas cometidas en las relaciones sociales, siempre y cuando, en éste último caso, se desprestigie la imagen de la entidad pública.Fuente: Diario El Peruano

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0
Leave a Comment