Dejan sin efecto la presentación de certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo mientras dure la emergencia sanitaria

Tipo de Norma: Resolución de Gerencia General

Número de Norma: N° 485-GG-ESSALUD-2022

Fecha de Publicación: Jueves, 24 de marzo de 2022

La Resolución de Gerencia General N° 1063-GG-ESSALUD-2020 dispuso, en su numeral 1), autorizar de manera excepcional la presentación de los certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de 30 días establecido en el numeral 6.2.4.1.1 del inciso 6.2.4 “Validación de Certificados Médicos” del numeral 6.2 “Disposiciones Específicas” del punto VI “Disposiciones” de la Directiva N° 015-GG-ESSALUD-2014, mientras dure la emergencia sanitaria a causa del COVID-19 declarada por el Ministerio de Salud mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA y sus correspondientes prórrogas, respecto a:

  1. Certificados médicos emitidos 30 días hábiles antes del inicio de la declaratoria de la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19.
  2. Certificados médicos emitidos durante la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19.

Sin embargo, a través de la Resolución de Gerencia General N° 485-GG-ESSALUD-2022, se deja sin efecto el numeral 1) de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia General N° 1063-GG-ESSALUD-2020.

Asimismo, se dispone que los expedientes presentados antes de la vigencia de la presente Resolución deben ser tramitados considerando la excepcionalidad establecida en la Resolución de Gerencia General N° 1063-GG-ESSALUD-2020.

Vigencia: Desde el 25/03/2022

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