Tribunal Constitucional valida los programas de retiro con incentivos

El Tribunal Constitucional mediante sentencia recaída en el Expediente N° 05541-2016-PA/TC estableció que los planes o programas de retiro voluntario del personal con incentivos que promueven los empleadores para los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados no vulneran el derecho a la libertad sindical.En ese sentido, el Tribunal estableció dicho criterio tomando en cuenta las labores que desempeñan los trabajadores, los cambios estructurales de la empresa y la capacidad presupuestaria de esta. Asimismo, al resolver el caso se acreditó con los convenios de mutuo acuerdo suscritos tanto por afiliados al sindicato como por trabajadores no sindicalizados, los cuales no comprobaban que la empresa haya impuesto la renuncia a los trabajadores sindicalizados, y es por ello, que declaró infundado la demanda de amparo interpuesta por un sindicato.Fecha de publicación: 16/09/2019Fuente: diario El Peruano

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