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Tip Tributario| ¿Los correos electrónicos sirven como medio probatorio?

Compartimos con ustedes un Tip Tributario que precisa que los correos electrónicos constituyen un medio probatorio admisible; no obstante, por sí solos no acreditan la fehaciencia de una operación ante la Administración Tributaria.

Fuente: Staff de Contadores & Empresas

Fecha: 11/12/2025

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.