TC garantiza créditos laborales a trabajador y valida decisión de embargo a empresa usuaria por responsabilidad solidaria

EL Tribunal Constitucional (TC) mediante la STC Nº 04264-2010-PA/TC valida el embargo efectuado contra una empresa usuariaXNT para garantizar los créditos laborales de un trabajador de una empresa de intermediación aunque la empresa usuaria no fue demandada en el proceso principal sobre pago de beneficios sociales.Según la empresa usuaria la resolución judicial que ordenaba el embargo de una de sus cuentas corrientes vulneraba sus derechos a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, al disponer un embargo sin haber tenido participación alguna en el proceso judicial en que se ordenó el pago de beneficios sociales a favor del trabajador de la empresa de intermediación.El Máximo Colegiado justifica su fallo en las normas de intermediación laboral, que establecen una responsabilidad solidaria entre el empleador y la empresa usuaria, por lo que esta última debe responder en caso la carta fianza no sea suficiente. Además, concluyó que dicho embargo  no implica vulneración del derecho a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, por cuanto en dicho juicio solo se discutió la correspondencia de los beneficios sociales exigidos a la empleadora directa.Fuente: El peruanoFecha: 20.04.2014

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