Sunafil precisa facultades del inspector laboral

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) determinó que de efectuarse una visita inspectiva a una empresaXNT, el inspector de trabajo no está obligado a exhibir la orden de inspección, pues no existe norma alguna que disponga dicha medida. En ese sentido, la Intendencia de Lima Metropolitana de la Sunafil, mediante la Resolución de Intendencia N° 201-2017-Sunafil/ILM, dispuso que el inspector laboral solo deberá acreditar su identidad y calidad de inspector presentando la credencial que lo autoriza, así como explicar el motivo de la visita. Fecha de publicación: 12/04/2018.Fuente: diario El Peruano

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