Como se recuerda, mediante el Proyecto de Ley N.º 7041/2023-CR, presentado al Congreso de la República el 14 de febrero de 2024, se planteó modificar el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el D. S. N.º 179-2004-EF, específicamente respecto al nacimiento de la obligación tributaria para las rentas de primera categoría.
Este proyecto de ley proponía su aplicación obligatoria a todas las rentas de primera categoría previstas en el artículo 23 de la Ley del Impuesto a la Renta, y planteaba la modificación del literal b) del artículo 57 del referido texto legal, en los siguientes términos:
“Artículo 57.- A los efectos de esta Ley, el ejercicio gravable comienza el 1 de enero de cada año y finaliza el 31 de diciembre, debiendo coincidir en todos los casos el ejercicio comercial con el ejercicio gravable, sin excepción.
Las rentas se imputan al ejercicio gravable de acuerdo con las siguientes normas:
(…)
b) Las rentas de primera categoría se imputan al ejercicio gravable en que se perciban. (…)”
Por lo tanto, el mencionado proyecto planteaba cambiar el criterio de imputación de las rentas de primera categoría, pasando del criterio de lo devengado al criterio de lo percibido.
Dicho lo anterior, el 6 de junio de 2024 se aprobó en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso el dictamen recaído en el mencionado proyecto de ley, con la siguiente redacción:
Artículo único. Modificación del artículo 57 del Decreto Legislativo 774, Ley del Impuesto a la Renta
Se modifica el literal b) del artículo 57 del Decreto Legislativo 774, Ley del Impuesto a la Renta, en los siguientes términos:
“Artículo 57. […]
Las rentas se imputarán al ejercicio gravable de acuerdo con las siguientes normas:
[…]
b) Las rentas de primera categoría se imputan al ejercicio gravable en que se perciban.
[…]”
De lo expuesto, la iniciativa legislativa fue aprobada en primera votación durante la sesión plenaria del 9 de julio del presente año y el 24 de julio de 2025, la Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el dictamen que propone regular el pago de impuestos por el arrendamiento de inmuebles, bajo la denominación Arrendamiento Justo.
De lo expuesto, el dictamen fue aprobado en primera votación el 9 de julio de 2025 y, en segunda votación, el 24 de julio del mismo año por la Comisión Permanente del Congreso de la República. La iniciativa legislativa propone regular el pago de impuestos por el arrendamiento de inmuebles, bajo la denominación “Arrendamiento Justo”.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley N.º 7041/2023-CR en el siguiente enlace: http://tinyurl.com/yckcb47r
Puede acceder al contenido del dictamen en el siguiente enlace: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MTkzMTY3/pdf
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 25/07/2025