Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: Nº 000202-2025/SUNAT
Fecha de Publicación: Jueves, 19 de junio de 2025
Como es de conocimiento general, el inciso d) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes (RUC), establece que deben inscribirse en dicho registro aquellos sujetos cuya incorporación sea considerada necesaria por la SUNAT, ya sea por los actos u operaciones que realicen, por el tipo, cantidad o valor de los bienes de su propiedad, o por el tipo o valor de los servicios que consuman.
Asimismo, el artículo 6 del citado decreto legislativo faculta a la SUNAT a determinar, mediante resolución de superintendencia, entre otros aspectos, las personas obligadas a inscribirse en el RUC conforme al mencionado inciso d), aquellas exceptuadas de dicha obligación, así como los bienes o servicios que se tomarán en cuenta para definir los supuestos que generan dicha obligación.
En ese marco, mediante la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT, se aprobaron las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo N° 943.
En virtud de ello, la presente resolución dispone la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT, con el objetivo de incorporar nuevos supuestos de inscripción obligatoria en el RUC, conforme a lo previsto en el inciso d) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 943. Esta publicación tiene como finalidad recoger las opiniones, comentarios y aportes del público en general.
Finalmente, las opiniones, comentarios y sugerencias del público pueden ser presentadas hasta el 04 de julio de 2024, en la Mesa de Partes de la SUNAT, ubicada en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado de Lima; o enviadas a la siguiente dirección de correo electrónico: gsotil@sunat.gob.pe
Vigencia: 20/06/2025