Proyecto de Ley que plantea plazos máximos para pago de facturas a las MYPIME

El Proyecto de Ley N°00589/2021-CR, plantea establecer el plazo máximo de treinta días como pago oportuno de facturas comerciales emitidas por micro, pequeñas y medianas empresas (MYPIME) para favorecer su competitividad, y asegurar su desarrollo, para ello propone lo siguiente:

1. El plazo de pago por acuerdo mutuo puede ser hasta un máximo de 120 días calendarios contados a partir de la emisión de la factura, siempre y cuando haya acuerdo por ambas partes. En caso que se establezca un plazo mayor, o si no exista dicho acuerdo, se considerará el plazo de 30 días calendarios.

2. El acuerdo debe estar por escrito y este debe ser inscrito en el registro virtual que el Ministerio de Producción tenga para dicho efecto.

3. De no realizarse el pago de la factura o recibo por honorarios dentro del plazo acordado, el acreedor incurrirá en mora, rigiendo la tasa de interés moratoria calculada en base a los criterios del BCR.

4. Para poder solicitar el crédito fiscal derivado del pago del IGV, los acreedores tienen que haber cancelado la factura al proveedor del bien o servicio adquirido. Asimismo, dicho crédito solo se podrá utilizar durante el periodo fiscal en el que se realizó dicho pago.

5. Los puntos determinados en el presente Proyecto de Ley no será aplicable si la MYPIME emisora de la factura, titular o socios de esta, mantiene deudas tributarias a 1 UIT (S/4,400).

Cabe precisar que aunque el propósito de este proyecto de Ley es similar al Proyecto de Ley Nº 000286/2021-CR, cuya autógrafa está pendiente de aprobación u observación por parte del poder Ejecutivo,  en el Proyecto materia de comentario se consideran aspectos no previstos en el Proyecto de Ley Nº 000286/2021-CR,  como un plazo de pago máximo de 120 días calendarios por acuerdo mutuo, la inscripción de este acuerdo en el registro virtual que el Ministerio de Producción tenga para este fin, así como la exclusión a la MYPIME si mantienen deudas tributarias superiores a 1 UIT (S/4,400).

Finalmente, el presente Proyecto de Ley se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera desde el 03 de noviembre de 2021.

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Para acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 00589/2021-CR, puede ingresar al siguiente botón:

Fuente: Staff de Contadores & Empresas

Fecha: 25/11/2021

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