Préstamos a título gratuito y el Impuesto a la Renta

Mediante la Resolución del Tribunal Fiscal (RTF) N°02112-5-2019, el Tribunal Fiscal analiza si corresponde determinar Impuesto a la Renta por ”intereses” a valor de mercado, del saldo de un préstamo que mantenía el contribuyente, de acuerdo al artículo 32 de la Ley del Impuesto a la Renta (que regula el valor de mercado de las operaciones para fines del impuesto), a pesar que dicho contrato de mutuo fue pactado sin intereses. El artículo 32 en cuestión antes de su modificatoria (ocurrida a partir del 2006 por la Ley N° 28655) no contemplaba de manera precisa que los servicios a título gratuito (como los préstamos sin intereses), se sujetaran bajo las reglas de valor de mercado del referido artículo, sino recién con la modificación realizara a partir del 2006.En ese sentido, y de un análisis de la aplicación de las normas en el tiempo, el Tribunal concluye que no correspondía que la Sunat aplicara la regla del valor de mercado prevista en el referido artículos 32 (antes de su modificatoria), debido a que en dicho ejercicio (2005) no se contemplaba en el ámbito de aplicación de dicha regla el supuesto de la prestación de servicios a título gratuito.Fuente: Portal web del Tribunal Fiscal

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