Monto mínimo de prestaciones previsionales en Régimen de Pensiones para Trabajadores Pesqueros

Tipo de Norma: Decreto Supremo

Número de Norma: N° 187-2023-EF

Fecha de Publicación: Sábado, 26 de agosto de 2023

El decreto referido tiene como objeto establecer los montos mínimos de las prestaciones previsionales del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros (REP) y de la Transferencia Directa al Expescador (TDEP) reguladas por la Ley N° 30003, Ley que Regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros.

En tal sentido, se determina el monto mínimo de las prestaciones en el Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros (REP) de la siguiente manera:

  • Para la pensión de jubilación: S/ 360,00
  • Para la pensión de invalidez: S/ 360,00

Con relación a los montos de las pensiones de viudez y orfandad, generadas sobre la pensión mínima del causante, se aplican las reglas establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 30003, Ley que Regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros.

Por otro lado, se determina el monto mínimo de los beneficios económicos de la Transferencia Directa al Expescador (TDEP) como sigue:

  • Para el beneficio de jubilación: S/ 360,00.
  • Para el beneficio de invalidez: S/ 360,00

En cuanto a los montos de la TDEP por concepto de viudez y orfandad, generados sobre el monto mínimo de la TDEP del causante, se aplican las reglas establecidas en el artículo 20 de la Ley N° 30003, Ley que Regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros.

Por último, los montos mínimos establecidos se aplican a partir del pago correspondiente al mes siguiente a la publicación del presente decreto supremo en el diario oficial El Peruano.

Vigencia: Desde el 27/08/2023

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