Tipo de Norma: Ley
Número de Norma: N° 32430
Fecha de Publicación: Jueves, 21 de agosto de 2025 – Ed. Extraordinaria
Mediante la presente disposición se modifica el literal b) del artículo 57 del Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta, en los siguientes términos:
“Artículo 57. […]
Las rentas se imputarán al ejercicio gravable de acuerdo con las siguientes normas: […]
b) Las rentas de primera categoría se imputan al ejercicio gravable en que se perciban. […]”.
Asimismo, a través de las Única Disposición Complementaria Final se adecúa el Reglamento del Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 122-94-EF, a la modificación dispuesta por la presente ley, en un plazo máximo de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigor.
Vigencia: Desde el 22/08/2025