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Modifican directorios de Principales Contribuyentes

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: N° 000001-2026/SUNAT

Fecha de Publicación: Viernes, 9 de enero de 2026

Como es de conocimiento general, el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario dispone que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar.

Asimismo, el artículo 29 del citado código establece que el lugar de pago será aquel que señale la Administración Tributaria mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar.

En ese sentido, mediante el artículo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 023-2014/SUNAT, se han fijado los lugares de cumplimiento de obligaciones de los principales contribuyentes.

Por tanto, resulta de interés fiscal modificar el directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, el directorio de principales contribuyentes de la Intendencia Lima, así como los directorios de principales contribuyentes de las Intendencias de Tributos Internos.

Mediante la presente norma se incorporan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y a los directorios de principales contribuyentes de la Intendencia Lima y de las Intendencias de Tributos Internos a los contribuyentes comprendidos en el Anexo N.º 1; asimismo, se excluye de dichos directorios a los contribuyentes señalados en el Anexo N.º 2 de la presente resolución.

Vigencia: 12/01/26

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.