Ley que establece la libre disposición de los fondos de las cuentas de detracciones para las Mype

Tipo de Norma: Ley

Número de Norma: Nº 31903

Fecha de Publicación: Sábado, 21 de octubre de 2023

Con el objetivo de fortalecer la capacidad financiera de la Mype, mediante la Ley Nº 31903, se establece —de manera extraordinaria— la  libre disposición de los fondos de las cuentas de detracciones y perfeccionar los procedimientos generales del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) para las micro y pequeñas empresas (MYPE).

La presente ley es aplicable a las MYPE, personas naturales o jurídicas, cuyas ventas totales al cierre del ejercicio fiscal 2021 o al cierre del ejercicio fiscal anterior al de la fecha de publicación de la Ley, cumplan con los límites máximos establecidos en el artículo 5 del TUO de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE(1).

Esta ley autoriza la liberación extraordinaria de los fondos de las cuentas de detracciones siempre que se cumplan las condiciones establecidas en su artículo 3.

Vigencia: Desde el 01/11/2023

(1) El artículo 5 del Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, señala que el límite para la microempresa es de un monto máximo de 150 UIT y el de la pequeña empresa es mayor a 150 uit y que no sobrepase las 1700 UIT.

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