Publican proyecto de Reglamento de la Ley que dispone medidas preventivas contra la radiación solar

Tipo de Norma: Resolución Ministerial

Número de Norma: N° 178-2024/MINSA

Fecha de Publicación: Domingo, 10 de marzo de 2024

A través de la resolución señalada se dispone que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30102, Ley que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, su exposición de motivos y el Decreto Supremo que lo aprueba, en la sede digital del Ministerio de Salud (https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales), a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe, durante el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

El proyecto contiene responsabilidades específicas para los empleadores en materia de exposición a la radiación solar, entre las cuales tenemos principalmente las siguientes:

  • La inclusión del riesgo en la salud por la exposición prolongada a la radiación ultravioleta solar para la elaboración de sus medidas y políticas en sus servicios de seguridad y salud en el trabajo.
  • La implementación de barreras físicas para reducir el riesgo de exposición directa y prolongada a la radiación ultravioleta solar, mediante el uso de elementos naturales o artificiales que provean de sombra en los espacios abiertos de uso laboral o público. Siendo recomendable que el diseño de ambientes incluya el uso de vidrios o vidrios con láminas de seguridad que presten protección contra la radiación ultravioleta.
  • Evitar la programación de actividades durante las 10 a.m. y las 4 p.m. y en las zonas andinas de 9 a.m. a 4 p.m., así como la promoción periódica del personal.
  • Capacitar y sensibilizar a los trabajadores en torno a la incidencia de los índices de radiación ultravioleta solar, los efectos nocivos en la salud y las medidas preventivas, así como el eso de equipos de protección personal.
  • Cuando los controles de ingeniería y administrativos de la exposición a radiación ultravioleta solar no sean factibles de ejecutar o fallan en su finalidad, se implementa el uso de equipos de protección personal.

Vigencia: Desde el 11/03/2024

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