Determinan pautas para el ejercicio de la facultad disciplinaria del empleador

La Corte Suprema ha determinado, en la Casación Nº 7394-2015-Arequipa, que para que proceda un despido laboral se debe acreditar XNTuna falta grave por parte del trabajador, capaz de ser considerada una infracción cometida por el personal contra los deberes esenciales que emanan del contrato de trabajo.Es así que, para valorar si el trabajador devino en circunstancia que califique como falta grave debe considerarse diversas circunstancias, tales como la antigüedad del trabajador y el hecho que haya sido sancionado con anterioridad, así como la existencia de advertencias previas, la tolerancia de ciertas conductas, la reiteración de los incumplimientos, las circunstancias personales del trabajador y las consecuencias del incumplimiento.Fecha de publicación: 05/06/2017.Fuente: Diario El Peruano.

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