¿Cuánto ganaré si trabajo este 31 de octubre y 1 de noviembre?

Este lunes 31 de octubre fue declarado como no laborable, por parte del gobierno, esto permitirá alargar el feriado del 1 de noviembre, al incluirle el fin de semana y su día precedente.

Sin embargo, debemos recordar que los días no laborables solo corresponde al sector público; es decir, todos los funcionarios optarán por trabajar o no y si no lo hacen, deberán devolver las horas en los 10 días posteriores, o según lo disponga su jefe.

La disposición también puede regirse en las instituciones privadas, solo si es permitido por parte de la saltas direcciones.

Si trabajo el 31 de octubre, recibiré pagos extras

Según la legislación laboral peruana, solo corresponde un pago extra cuando se labora en el feriado. En el caso del 31 de octubre, solo es un día laborable, por lo que no merece ser compensado monetariamente, al ser de elección del empleador.

Si trabajo el 1 de noviembre si comprende un pago adicional

En caso te corresponda laborar en feriado, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que deberán pagarte triple.

“Si trabajas en feriado, sin compensación de otro día de descanso, debes recibir un triple pago: 1 remuneración por el feriado (ya incluida en tu remuneración mensual) + 1 remuneración por el trabajo realizado + 1 remuneración como sobretasa”, precisa la Sunafil.

Por ejemplo: Si tu sueldo mensual es S/ 1,200, al día ganas un aproximado de S/40. Si trabajas durante el feriado sin intercambiar esa jornada por un día de descanso, entonces recibirás dos pagos de S/40 adicionales por ese día, es decir, en un solo día ganarás S/120.

Otra opción para las empresas es intercambiar el día feriado laborado con un nuevo día de descanso. Esto solo corresponde si el feriado no coincide con el descanso semanas del trabajador

Fuente: Rpp Noticias

Fecha: 26/10/2022

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