Mediante el Proyecto de Ley Nº 13592/2025-CR, presentado al Congreso de la República el día 16 de diciembre, se propone modificar el artículo 84 de la Ley del Impuesto a la Renta, en concordancia con la modificación del artículo 57 de dicha Ley, efectuada por la Ley N° 32430, que modifica el Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta, con la finalidad de regular el pago de los impuestos derivados por el arrendamiento de inmuebles, denominado arrendamiento justo.
| Norma actual | Modificación propuesta |
| “Artículo 84.-Los contribuyentes que obtengan rentas de primera categoría abonarán con carácter de pago a cuenta, correspondiente a esta renta, el monto que resulte de aplicar la tasa del seis coma veinticinco por ciento (6,25%) sobre el importe que resulte de deducir el veinte por ciento (20%) de la renta bruta, utilizando para efectos del pago el recibo por arrendamiento que apruebe la SUNAT, que se obtendrá dentro del plazo en que se devengue dicha renta conforme al procedimiento que establezca el Reglamento (…).” | “Artículo 84.- Los contribuyentes que obtengan rentas de primera categoría abonarán con carácter de pago a cuenta, correspondiente a esta renta, el monto que resulte de aplicar la tasa del seis coma veinticinco por ciento (6,25 %) sobre el importe que resulte de deducir el veinte por ciento (20 %) de la renta bruta percibida, utilizando para efectos del pago el recibo por arrendamiento que apruebe la SUNAT y que el locador obtiene con ocasión del pago realizado; conforme al procedimiento que establezca el Reglamento. (…).” |
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 13592/2025-CR en el siguiente enlace: https://api.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MzU4NTQ3/pdf
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 23/12/2025