Autorizan nueva reprogramación de créditos del programa REACTIVA PERÚ y aprueban ampliación de garantía del programa Impulso MyPerú

Tipo de Norma: Decreto de Urgencia

Número de Norma: Nº 023-2023

Fecha de Publicación: Jueves 29 de junio de 2023

Mediante el Decreto Legislativo N° 1455 (06/04/2020), se creó el Programa REACTIVA PERÚ, a través del cual se buscaba garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentaban pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios. Asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 134-2020-EF/15 (13/04/2020), se estableció el Reglamento Operativo del Programa.

Mediante el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 026-2022, se amplió la vigencia y el plazo de reprogramaciones de dicho Programa hasta el 30 de junio de 2023.

Asimismo, la Ley N° 31658 reglamentada por la Resolución Ministerial N° 066-2023-EF/15, creó el Programa Impulso Empresarial MYPE (IMPULSO MYPERU) con el objeto de apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las MYPE a través del otorgamiento de una Garantía del Gobierno Nacional, a los créditos que otorguen las empresas del sistema financiero (ESF) o Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC) en el marco del referido programa.

A través de la presente disposición, se aprueba la ampliación del otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional, hasta por la suma de S/ 1 000 000 000,00, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31658, a fin de apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) e impulsar su inclusión financiera, promoviendo su financiamiento a través del sistema financiero, así como fomentar la cultura de pago oportuno de estas en dicho sistema.

Por otro lado, se autoriza la extensión de la vigencia y plazo de acogimiento de las reprogramaciones del Programa “Reactiva Perú” hasta el 30 de setiembre de 2023.

Vigencia: Hasta el 31/12/2023 salvo lo establecido en la primera disposición complementaria final que autoriza la vigencia y extensión de las reprogramaciones del Programa “Reactiva Perú”.

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