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Aprueban el Procedimiento Específico «Exoneración del IGV e IPM a la Importación de bienes para el consumo en la Amazonía»

Tipo de norma: Resolución de Superintendencia

Número de norma: N° 000248-2025/SUNAT

Fecha de publicación: Domingo, 27 de julio de 2025.

Como es de conocimiento general, la Resolución de Superintendencia N.º 000107-2021/SUNAT aprobó el procedimiento específico “Exoneración del IGV e IPM a la importación de bienes para el consumo en la Amazonía – Ley N.º 27037” (DESPA-PE.01.15, versión 2), el cual establece las pautas aplicables al despacho aduanero de mercancías destinadas al régimen de importación para el consumo, acogidas al beneficio de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto de Promoción Municipal (IPM), conforme a lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

Posteriormente, el Decreto Supremo N.º 198-2024-EF modificó el artículo 18 del Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la mencionada ley, aprobado por Decreto Supremo N.º 103-99-EF, incorporando la posibilidad de que la intendencia de aduana con jurisdicción en el puerto de Chancay pueda numerar declaraciones aduaneras de importación para el consumo de bienes con destino a la Amazonía.

Asimismo, dicho decreto modificó el inciso f) del artículo 1 del Decreto Supremo N.º 029-2001-EF, incluyendo, entre otras, a la mencionada intendencia como autoridad competente para la recepción de la carta fianza bancaria o financiera que debe presentar el importador, con el objeto de garantizar el pago de los tributos correspondientes a la importación de bienes destinados al consumo en la Amazonía o en el territorio comprendido en el Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N.º 103-99-EF, el Decreto Supremo N.º 015-94-EF y sus normas modificatorias.

Mediante la presente Resolución de Superintendencia N° 000248-2025/SUNAT se aprueba el procedimiento específico “Exoneración del IGV e IPM a la importación de bienes para el consumo en la Amazonia – Ley Nº 27037” DESPA-PE.01.15 (versión 3). Esta nueva versión sustituye a la anterior e incorpora adecuaciones normativas y operativas orientadas a optimizar su aplicación, en concordancia con los cambios en el marco legal.

Vigencia: 28/07/2025

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.