Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: Nº 000007-2026/SUNAT
Fecha de Publicación: Martes, 20 de enero de 2026
Como es de conocimiento general, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes (RUC), faculta a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT a regular, mediante Resolución de Superintendencia, todo lo necesario para el adecuado funcionamiento del RUC, incluyendo la determinación de los sujetos obligados a inscribirse en dicho registro.
En ese marco, mediante Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT se aprobaron las disposiciones reglamentarias del citado decreto legislativo, estableciéndose en su Anexo Nº 1 los tipos de sujetos que, al adquirir la condición de contribuyentes y/o responsables de los tributos administrados o recaudados por la SUNAT, deben inscribirse en el RUC. Dentro de dicho anexo se incluyeron, en su momento, los Comités de Compra del entonces Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, posteriormente denominado Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna.
En ese contexto, mediante la presente Resolución de Superintendencia se modifica la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, a fin de incorporar en su Anexo Nº 1 a los Comités de Gestión de Contrataciones del Programa de Alimentación Escolar o cualquier otro que lo sustituya, con el propósito de facilitar su inscripción en el RUC y asegurar su adecuada identificación ante la administración tributaria.
Vigencia: 21/01/26