Tipo de Norma: Decreto Supremo
Número de Norma: Nº 115-2025-EF
Fecha de Publicación: Viernes, 13 de junio de 2025
Conforme a lo dispuesto en el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General – TUO de la LPAG, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, los procedimientos administrativos y sus requisitos deben establecerse mediante disposición sustantiva aprobada por decreto supremo o norma de mayor jerarquía, ordenanza regional, ordenanza municipal, o por resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos.
En concordancia con ello, el numeral 40.3 del referido artículo dispone que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de cada entidad, no pudiendo incorporarse procedimientos ni requisitos adicionales, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación, conforme a la normativa vigente.
Asimismo, el artículo 43 del TUO de la LPAG establece que el TUPA debe contener la totalidad de procedimientos iniciados a solicitud de parte por los administrados para la satisfacción de sus derechos o intereses, incluyendo la descripción clara y taxativa de los requisitos exigidos, su calificación, la evaluación correspondiente y, de ser el caso, el pago del derecho de tramitación aplicable.
En virtud de lo expuesto, mediante la presente disposición se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, así como los derechos de tramitación aplicables a los procedimientos administrativos y a los servicios prestados en exclusividad. Del mismo modo, se aprueban los formularios correspondientes a dichos procedimientos y servicios, los cuales forman parte integrante del citado TUPA.
Vigencia: Desde el 14/06/2025