Con el fin de promover la lactancia materna, mediante el D.S. N° 021-2021-MIMP, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 29896, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) estableció las condiciones que promoverán la creación de los lactarios en las instituciones públicas y privadas, su óptimo funcionamiento y buen uso, ante la amplitud y complejidad develada durante el desarrollo de las acciones orientadas a la implementación y funcionamiento de estos ambientes.
En ese sentido, las instituciones públicas y privadas con uno o más centros de trabajo donde laboren 20 o más mujeres en edad fértil, deben implementar en cada uno de ellos un lactario institucional.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha: 27/07/2021