El próximo martes 24 de junio, Día del Campesino, será laborable para los trabajadores del sector público, ya que no ha sido incluido en el Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM, norma que establece el calendario oficial de jornadas no laborables compensables para el año 2025 y enero de 2026.
De acuerdo con dicho decreto, los únicos días no laborables compensables para el sector público en este periodo son:
Viernes 2 de mayo de 2025
Viernes 26 de diciembre de 2025
Viernes 4 de abril de 2025
Por tanto, el 24 de junio no figura en esta lista y se mantiene como jornada ordinaria.
Feriados nacionales restantes en 2025:
Los feriados nacionales que aún restan en el año son:
29 de junio: San Pedro y San Pablo
28 y 29 de julio: Fiestas Patrias
6 de agosto: Batalla de Junín
30 de agosto: Santa Rosa de Lima
8 de octubre: Combate de Angamos
1 de noviembre: Día de Todos los Santos
8 de diciembre: Inmaculada Concepción
9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
25 de diciembre: Navidad
Diferencias entre feriado y día no laborable
Para evitar confusiones, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó las principales diferencias entre un feriado nacional y un día no laborable:
Feriado nacional: El trabajador descansa con goce íntegro de haber. Si labora ese día, el empleador puede optar por otorgar un descanso sustitutorio o pagar una triple remuneración (remuneración por el día laborado más pago por el feriado, más sobretasa por trabajar en feriado).
Día no laborable compensable (sector público): Es una medida dispuesta por el Ejecutivo para fomentar el turismo o la productividad. El trabajador debe recuperar las horas dejadas de laborar en las semanas siguientes, según disponga su oficina de Recursos Humanos. No genera un pago adicional.
En el sector privado, las empresas pueden acogerse a los días no laborables, previo acuerdo con sus trabajadores, definiendo conjuntamente cómo será la recuperación de horas. Si no hay acuerdo, decide el empleador.
Finalmente, Sunafil reafirma su compromiso con la promoción de un trabajo digno, mediante la orientación continua a empleadores y trabajadores sobre sus derechos y deberes laborales.
Fuente: El Peruano
Fecha: 16/06/2025