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Se Aprueba el Reglamento de la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI

Tipo de Norma: Decreto Supremo

Número de Norma: N° 032-2025-RE

Fecha de Publicación: Domingo, 14 de setiembre de 2025

Como es de conocimiento general mediante el artículo 1 de la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, se establece que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, proveniente de fuentes externas de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo. Asimismo goza de los beneficios tributarios que la ley establece; ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI); y, proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior.

Mediante el presente Decreto Supremo, se aprueba el reglamento de la referida Ley N° 27692, que consta de un (01) Título Preliminar, siete (7) títulos, veintinueve (29) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias finales, tres (03) disposiciones complementarias transitorias y una (01) disposición complementaria modificatoria, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

En particular, el Título VI del reglamento establece mecanismos de coordinación interinstitucional entre la APCI, la SUNAT y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú). El objetivo central es fortalecer la supervisión de las entidades receptoras de CTI, mediante:

Vigencia: 15/09/2025

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.