Tipo de Norma: Resolución Ministerial
Número de Norma: Nº 151-2025-TR
Fecha de Publicación: Martes, 30 de setiembre de 2025
Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo N° 1499, Decreto Legislativo que regula diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos socio laborales en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, se dispuso de manera permanente la obligación de los empleadores de abonar las remuneraciones y beneficios sociales de sus trabajadores exclusivamente a través de las entidades del sistema financiero.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, y en el capítulo IV del Reglamento sobre publicación y difusión de normas jurídicas aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos normativos deben ser publicados en los portales institucionales correspondientes, asegurando su difusión y acceso público, e incorporando los comentarios y aportes de la ciudadanía, entidades públicas, privadas, empleadores y trabajadores.
En ese contexto, corresponde disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que regula la aplicación de la obligación de pago de remuneraciones y beneficios sociales a través de entidades del sistema financiero, conforme a lo previsto en el artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1499, así como su exposición de motivos, a efectos de recibir observaciones y aportes de los actores sociales y la ciudadanía en general.
Por consiguiente, mediante la presente se establece la publicación del referido proyecto normativo, en concordancia con la normativa vigente y con las competencias atribuidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, garantizando la transparencia, participación ciudadana y adecuada implementación de la obligación establecida en el marco legal aplicable.
Para tal efecto, se dispone que dicho proyecto normativo, junto con su exposición de motivos, sea publicado en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) el mismo día de la aparición de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Dicha publicación se mantendrá disponible por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su difusión, a fin de que entidades públicas o privadas, empleadores, trabajadores, organizaciones representativas y la ciudadanía en general puedan remitir sus comentarios, aportes u opiniones.
De igual modo, se establece que los aportes y observaciones respecto al proyecto normativo y su exposición de motivos podrán ser presentados en la Mesa de Partes de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en la Av. General Salaverry 655, distrito de Jesús María, Lima; a través de la mesa de partes digital disponible en https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio ; o mediante el correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.
Vigencia: 01/10/2025