Tipo de Norma: Resolución Ministerial
Número de Norma: N° 634-2025-MTC/01.02
Fecha de Publicación: Sábado, 13 de setiembre de 2025
Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Supremo N° 020-2021-MTC, se aprobó la tabla de valores referenciales actualizada para la aplicación de detracciones el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre en vehículos destinados al transporte de mercancías de la categoría N de la Clasificación Vehicular del Reglamento Nacional de Vehículos.
La citada norma, en su artículo 9 establece que los valores referenciales contenidos en sus Anexos I y II se actualizan de manera anual considerando los ponderadores de variación señalados en dicho artículo, utilizando la información disponible sobre la remuneración mínima vital, el tipo de cambio, el precio del combustible y el costo de los peajes hasta el primer trimestre de los años 2023, 2024 y 2025; siendo el medio para realizar la referida actualización, un Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Asimismo, los cambios en la estructura de costos del transporte, la expansión de la red vial concesionada y la modificación de las tarifas de peaje, la aparición de nuevos patrones de movilidad y demanda, la disponibilidad de nuevas tecnologías y fuentes de información que permiten estimaciones más precisas; así como, experiencias internacionales, demuestran la importancia de actualizar periódicamente los estudios técnicos que sustentan las metodologías de determinación de costos para el servicio de transporte terrestre.
Dicho lo anterior, mediante la presente se dispone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica los Anexos I y II del Decreto Supremo N° 020-2021-MTC”, que aprueba la tabla de valores referenciales actualizada para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias en el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre, con el objeto de recibir los comentarios y sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de veinte (20) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación.
Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, o a la dirección electrónica normasvial@mtc.gob.pe.
Vigencia: 14/09/2025