Síguenos
Compra: 3.61
Venta: 3.45
Compra: 3.61
Venta: 3.45

Publican proyecto de D. S. que modifica el reglamento de la Ley de CTS

Tipo de Norma: Resolución Ministerial

Número de Norma: N° 126-2025-TR

Fecha de Publicación: Jueves, 21 de agosto de 2025

Como es de conocimiento general, la Ley N° 32322 modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650 (Ley de CTS) para permitir que los trabajadores diagnosticados con enfermedad terminal o cáncer, acreditados ante su empleador, puedan retirar en cualquier momento el 100% de su CTS e intereses. El cálculo del monto se hace con base en la fecha en que se presenta la solicitud de retiro.

Asimismo, la Única Disposición Complementaria Final de esta ley dispone que el Poder Ejecutivo adecúe el Reglamento de la Ley de CTS (Decreto Supremo N° 004-97-TR) para aplicar estas modificaciones.

En ese marco, mediante la presente norma se dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 004-97-TR; así como de su exposición de motivos, que como anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Asimismo, se disponee que los comentarios, aportes y/u opiniones sobre el proyecto normativo y su exposición de motivos pueden ser presentados hasta el 05 de setiembre de 2025 en la Mesa de Partes de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en Avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del MTPE cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio ; o, al correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe

Vigencia: 21/08/25

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0

HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.