Proyecto de Resolución sobre el Registro de Establecimientos Autorizados que venden bienes que dan derecho a devolución de IGV a turistas

Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo N° 1548 se modificó el epígrafe, así como el tercer, cuarto, sexto y último párrafo del artículo 76 de la Ley del IGV, precisando que la devolución del impuesto a favor de los turistas se efectúa a través de la SUNAT o de entidades colaboradoras de la Administración Tributaria, o a través de ambas, entre otras medidas.

La Sunat en su web institucional, ha publicado el Proyecto de Resolución de Superintendencia N° 001-2023, que propone las normas necesarias para la implementación, inscripción, permanencia y exclusión del Registro de Establecimientos Autorizados que venden bienes que dan derecho a devolución de IGV a turistas (REA) regulado en el artículo 76 de la Ley del IGV.

Asimismo, se establece en el citado proyecto que la inscripción al REA se solicitará mediante el FV N° 3170 – Solicitud de Inscripción al Registro de Establecimientos Autorizados, el cual estará disponible en SUNAT Virtual.

Si tuviera algún comentario sobre el presente proyecto de resolución, pueden realizarlo hasta el 13 de abril de 2023, al siguiente correo electrónico: lsoto@sunat.gob.pe

Si necesita asesoría concreta sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 17/04/2023

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