Cómo es de conocimiento general, el domicilio fiscal es el lugar fijado dentro del territorio nacional para todo efecto tributario; sin perjuicio de la facultad del sujeto obligado a inscribirse ante la Administración Tributario de señalar expresamente un domicilio procesal al iniciar cada uno de sus procedimientos tributarios.
Mediante el Proyecto de Ley Nº00131/2021-CR presentado el día 03 de septiembre de 2021 en el Congreso de la República, se plantea establecer que todas las personas naturales o jurídicas proveedoras de bienes y/o servicios con o sin subsidiarias o filiales en el territorio nacional domiciliados en el extranjero, cualquiera sea su naturaleza, están obligados a fijar su domicilio fiscal en el Perú sin excepción alguna para obligaciones tributarias con la finalidad de fortalecer la transparencia fiscal, el incremento de la recaudación fiscal y evitar la evasión y elusión tributaria.
Asimismo, se dejaría sin efecto cualquier disposición que vaya en contra de lo dispuesto en la presente propuesta.
Cabe resaltar que tal proyecto se encuentra decretada a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera desde el día 08 de septiembre de 2021.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley N°00131/2021-CR en el siguiente enlace:
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 13/09/2021