Norma del Día


Reglamentan beneficios tributarios referidos a libros y productos editoriales

5 de Junio de 2020 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Decreto Supremo
Número de la Norma          : Decreto Supremo Nº 006-2020-MC
Fecha de publicación          : 2020-06-05


Mediante D.U N° 003-2019 (11/10/2019), se prorrogó la exoneración del IGV a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales y el reintegró tributario del IGV para los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean hasta 150 UIT.

El presente dispositivo, reglamenta lo dispuesto por el referido decreto y modifica el Reglamento de la Ley de democratización del libro y de fomento de la lectura. Entre sus disposiciones más resaltantes se encuentra:

1. En el caso de editores y editoras con ingresos netos anuales mayores a 150 UIT que hubieran tenido al 14 de octubre de 2019 un Proyecto Editorial inscrito en el Registro de Proyectos Editoriales en la Biblioteca Nacional del Perú, podrán presentar su solicitud de Reintegro Tributario, por adquisiciones de bienes y servicios efectuadas hasta dicha fecha, hasta treinta (30) días hábiles después de la entrada en vigencia de la norma materia de comentario.

2. Como requisito para obtener el reintegro las adquisiciones se deben respaldar únicamente en comprobantes de pago electrónicos, antes se refería a comprobantes de pago en general.

3. El valor total del impuesto consignado en cada uno de los documentos que sustentan las adquisiciones no deberá ser inferior a 0.02 UIT.

4. El monto mínimo del impuesto acumulado para solicitar la devolución no deberá ser menor a 0.25 UIT.

El presente dispositivo entrará a partir del 06/06/2020.

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