Noticia Tributaria
Se puede utilizar como crédito contra el Impuesto a la Renta el Impuesto retenido a los dividendos de Chile
30 de Enero de 2020 | TributarioMediante el Informe Nº 203-2019-SUNAT/7T0000 (publicado el 29 de enero de 2020 en el portal web institucional de la Sunat) la Administración Tributaria llega a la conclusión de que tratándose de una persona natural o jurídica domiciliada en el Perú que es accionista de una persona jurídica domiciliada en Chile, la cual le distribuye dividendos, respecto de los cuales esta pagó en Chile el impuesto sustitutivo regulado en el artículo primero de las disposiciones transitorias de la Ley N.° 20.899, se puede aplicar, en calidad de crédito contra el impuesto a la renta en Perú, el referido impuesto sustitutivo pagado en Chile, incluyendo el IPC pagado por la sociedad que distribuyó los dividendos.
Fecha de publicación: 29/01/2020
Fuente: Portal Web de Sunat
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