Noticia Tributaria
Evite contingencias al otorgar obsequios
10 de Diciembre de 2019 | TributarioCon motivo de las fiestas de fin de año, ya es bastante común que las empresas entreguen a sus trabajadores bienes, entre ellos canastas, pavos y panetones, a título gratuito. Sin embargo, existen ciertas obligaciones que las empresas deberán atender para evitar contingencias a futuro.
Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, anotó que la entrega de estos bienes está gravada con el impuesto general a las ventas (IGV) por tratarse de retiro de bienes, debido a que no es un crédito fiscal.
Deberá emitirse además una boleta de venta porque constituye una entrega de bienes a título gratuito. También representa gastos tributarios para la empresa, por cuanto cumplen con los principios de causalidad, razonabilidad y generalidad.
Otro aspecto importante es que los obsequios de canastas, pavos, panetones, entre otros, no están gravados con aportes y contribuciones sociales, como de Afp, ONP y Essalud, por no calificar como “remuneración” para estos efectos (artículo 19 inciso d) de la Ley de CTS, por remisión del artículo 7 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Estos conceptos se deben considerar en la planilla de pago de remuneraciones del trabajador, en el rubro de conceptos “no remunerativos” (artículo 19 inciso d) de la Ley de CTS, y el artículo 7 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral D. S. Nº 003-97-TR).
El valor de los bienes entregados se considera renta de quinta categoría para el trabajador.
La empresa puede deducir como crédito fiscal el IGV que hubiera pagado por la compra de estos bienes que obsequia al personal.
Fecha de publicación: 09/12/2019.
Fuente: El Peruano.
Suscripción 2019
Recibe Gratis estos productos al SuscribirseMas Noticias
-
Evite contingencias al otorgar obsequios
10 de Diciembre de 2019 | Tributaria
Con motivo de las fiestas de fin de año, ya es bastante común que las empresas entreguen a sus trabajadores…
-
Analizan responsabilidad de indemnización de los empleadores a trabajadores por accidente de trabajo
10 de Diciembre de 2019 | Laboral
El gobierno creó una comisión especial para elaborar un informe sobre los criterios para establecer cuánto le debe de indemnizar…
-
Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta y modifican el Reglamento que establece la información financiera que se debe suministrar a la SUNAT para que realice el intercambio automático de información conforme a lo acordado en los tratados internacionales y en las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina
10 de Diciembre de 2019 | Normas del Dia
Mediante Decreto Supremo N° 369-2019-EF publicado el 10 de diciembre de 2019 en el diario oficial "El Peruano", se modifica…
-
Impuesto General a las Ventas
3 de Junio de 2019 | Jurisprudencia
La presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria: ?Corresponde la emisión de una orden de pago al amparo del numeral 1) del artículo 78 del Código Tributario cuando la Administración…
- Mas Noticias
