Compartimos con Uds. un criterio adoptado por el Tribunal Fiscal respecto a la acreditación del uso de medios de pago, señalando que los estados de cuenta bancarios del contribuyente y del proveedor son suficientes para demostrar la operación, siempre que exista coincidencia entre los cargos y abonos registrados.

Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 13/11/2025
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