Corte Suprema se pronuncia sobre capitalización de intereses moratorios

Cómo es de conocimiento general, a través del artículo 33 del Código Tributario se regula la aplicación de los intereses moratorios.

Mediante la Casación Nº 27443-2018 Lima, la Corte Suprema se pronuncia respecto a que no corresponde la capitalización de los intereses moratorios, ni que estos últimos se computen por el exceso de plazo que tienen los órganos administrativos para resolver los recursos de reclamación y apelación, al vulnerar el principio de razonabilidad en el ejercicio de las potestades tributarias.

Cabe precisar que este pronunciamiento se alinea a los criterios establecidos sobre el tema por el Tribunal Constitucional en las sentencias de los Expedientes  Nº 04082-2012-PATC y Nº 04532-2013-PC/TC, entre otros.

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Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 20/01/2022

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