La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen del Proyecto de Ley 13593/2025-PE, que extiende hasta el año 2028 la vigencia de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para ciertos bienes y servicios, según lo establecido en los apéndices I y II de la ley respectiva.
¿Qué establece la disposición?
El proyecto aprobado plantea extender hasta el 31 de diciembre del 2028 la vigencia de las exoneraciones del IGV aplicables a determinados bienes y servicios incluidos en los Apéndices I y II de la Ley del IGV y del ISC.
De acuerdo con la el proyecto se tiene como finalidad “contribuir con el acceso a bienes y servicios que favorece el desarrollo social y económico, así como de aquellos que inciden favorablemente en las actividades que generan impacto en sectores más vulnerables”.
Bienes exonerados del IGV
El Apéndice I comprende una lista de bienes cuya venta o importación se encuentra exonerada del IGV. Entre los principales se incluyen productos e insumos agrícolas y bienes de primera necesidad, así como:
– Inmuebles destinados a sectores de escasos recursos
– Materias primas para la industria textil
– Oro para uso no monetario
– Vehículos destinados a misiones diplomáticas
Según la información técnica del proyecto, este apéndice representa el mayor impacto fiscal, con un costo estimado de más de S/5.700 millones para el año 2026, reportó Andina.
Servicios exonerados
El Apéndice II incluye servicios esenciales, entre ellos:
– Transporte público de pasajeros a nivel nacional, con excepción del transporte aéreo
– Servicios vinculados a la construcción y vivienda
– Servicios que promueven el ahorro, la inversión y el comercio exterior
El costo fiscal estimado de estas exoneraciones asciende a S/706 millones.
Fuente: El Comercio
Fecha: 05/01/26