Congreso aprueba que trabajadores del sector privado tengan licencia de hasta 8 días por fallecimiento de un familiar

Congreso aprobó por unanimidad la autógrafa que ahora deberá ser evaluada por el Ejecutivo. El número de días dependerá si el deceso se produce en una región diferente a donde se ubica el centro laboral del trabajador. A la fecha la licencia solo aplicaba obligatoriamente para los del sector público.

El Pleno del Congreso de la República aprobó, por unanimidad con 99 votos, el proyecto de ley que establece la licencia con goce de remuneraciones en caso de fallecimiento de los familiares cercanos de los trabajadores del sector privado del país.

La medida tiene como objetivo establecer el derecho del trabajador de la actividad privada a gozar de los derechos laboralesen caso de fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos o hermanos, ya que actualmente no estaba previsto en el marco normativo, solo aplicaba obligatorio para el sector público.

La presidenta de la Comisión de Trabajo, Sigrid Bazán, señaló que la licencia en mención sería otorgada por un plazo de 5 días calendario, pudiendo extenderse hasta 3 días calendarios adicionales cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente a donde se ubica el centro laboral del trabajador; es decir, hasta por 8 días. En este plazo, el trabajador gozará de licencia con goce de remuneraciones.

La iniciativa también contempla los derechos preexistentes cuando los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre esta materia, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador, entre otros aspectos. De igual forma, se contempla algunas disposiciones complementarias que señala al Poder Ejecutivo, emitir las disposiciones complementarias en el marco de sus competencias para el cumplimiento de la presente ley.

“Es una norma de suma importancia para los trabajadores del país, que les permitirá acompañar a sus familiares en los momentos más difíciles de la vida cuando pierdan a sus seres más queridos. Podrán gozar de una licencia con goce de remuneraciones en caso de fallecimiento de cónyuge, padres, hijos o hermanos. Ya no sería necesario que este tema se vea a través de las negociaciones colectivas con los gremios sindicales del sector privado y que beneficiará a miles de trabajadores y sus familiares”, manifestó Bazán.

Fuente: La República

Fecha: 22/09/2022

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