VIERNES 06 DE ENERO DE 2006
 
 
 
 
 
 
 
 
ENERO -2006
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PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA  
El día de hoy no se ha publicado ninguna norma de interés en el diario oficial El Peruano. No obstante le presentamos lo siguiente:
   
Recurso de reclamación contra orden de pago sin efectuar el pago previo.
 

La responsabilidad de la auditoría financiera en la detección de fraudes e irregularidades.

 

NOTICIAS DEL DÍA  

Notarios solo inscribirán venta de inmuebles si acreditan pago del Impuesto a la Renta.

 
Nuevas disposiciones contables generan preocupación en su aplicación.
 

LE RECORDAMOS QUE...  

Hasta hoy vence el plazo para el pago de aportes a las AFP en efectivo o con cheque del mismo banco o con cheque de gerencia por la obligación del mes de diciembre de 2005; como también la presentación de la Declaración sin Pago de aportes del mes de diciembre de 2005.

Faltan cuatro días, para que se inicie la presentación de la declaración jurada y el pago del Impuesto General a las Ventas y pagos a cuenta del Impuesto a la Renta del mes de diciembre 2005.

Asimismo, pueden efectuar la cancelación de la 2ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de enero de 2006, los productores de aguas minerales, gaseosas aromatizadas o no, cervezas; así como los productores de combustibles derivados del petróleo.

PUBLICACIONES  
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
 
FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
 

MANUAL DE REFERENCIA RÁPIDA
DEL CONTADOR

 

Ver Contenido

 

 

 
TIPO
DÓLAR
EURO
Compra
3.437
4.031
Venta
3.439
4.053
 

 Biblioteca 
Virtual 

 Proyectos de Ley 

 


RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA ORDEN DE PAGO SIN EFECTUAR EL PAGO PREVIO


(publicado en la revista de la 2ª quincena de setiembre 2005)

 


LA RESPONSABILIDAD DE LA AUDITORÍA FINANCIERA EN LA DETECCIÓN
DE FRAUDES E IRREGULARIDADES


(publicado en la revista de la 1ª quincena de mayo 2005)

Hemos asistido en estos últimos años a escándalos financieros que, por la envergadura y prestigio de los que gozaban las empresas involucradas, han dejado un fuerte impacto en la economía y, especialmente, en el campo de la auditoría. La experiencia sufrida exige un replanteamiento de las consideraciones éticas y técnicas en las labores de auditoría, por lo cual presentamos en el presente artículo algunos tópicos que no deben dejarse de lado.

 

 

NOTARIOS SOLO INSCRIBIRÁN VENTA DE INMUEBLES SI ACREDITAN PAGO
DEL IMPUESTO A LA RENTA

 

A partir del 2 de enero, como parte de las últimas modificaciones realizadas al Texto Único Ordenado del Impuesto a la Renta (IR) mediante la Ley Nº 28655 publicada el 29/12/2005, las personas naturales o jurídicas que adquieran inmuebles de propiedad de personas naturales no domiciliadas están obligadas a retener el total del IR que generan dichas operaciones.

La norma señala que el notario está obligado a exigir al comprador que acredite haber retenido y pagado el IR de 2ª categoría, como condición previa a la elevación de la minuta a escritura pública.

De no observarse esta disposición, el notario se encuentra impedido de elevar a escritura pública el contrato de transferencia del inmueble. A su vez, el notario que no cumpla con verificar el pago del IR será responsable solidario con el contribuyente por el pago que deje de percibir el fisco.


NUEVAS DISPOSICIONES CONTABLES GENERAN PREOCUPACIÓN EN SU APLICACIÓN

 

A partir de este mes entran en vigencia las quince (15) nuevas versiones de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y las seis (6) nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que todas las empresas del país deben aplicar.

Sin embargo, algunas de estas nuevas normas generarían problemas para la elaboración de los estados financieros de las empresas del país. Uno de estos problemas es el generado por la aplicación de la NIC 21, ya que esta norma exige que las empresas presenten sus Estados Financieros (EE.FF.) en la moneda con la cual realizan principalmente sus transacciones, es decir, la moneda funcional.

El problema surge porque en algunas empresas utilizan el dólar como moneda funcional, especialmente las exportadoras, y como en el Perú existe un requerimiento de la Administración Tributaria, de que todas las empresas deben llevar su contabilidad en nuevos soles, esto contradice a las normas actualmente vigentes, salvo en el caso de aquellas empresas que cuenten con un contrato de estabilidad tributaria.

Asimismo, de acuerdo con la Ley General de Sociedades, la Junta General de Accionistas deberá aprobar adicionalmente a los estados financieros en moneda nacional, los estados financieros en moneda diferente a esta.

 



 

SEGUNDA QUINCENA DICIEMBRE 2005

 
 
Temas
 

¿Cuándo y cómo concluye una fiscalización tributaria?

A-1

Límites para la deducción de la remuneración pagada a los accionistas de la empresa. A propósito del valor de mercado de las remuneraciones.

A-5

Principales gastos deducibles para el Impuesto a la Renta (intereses por deudas, gastos por vehículos, mermas, desmedros, gastos de representación, etc.)

A-9

Casos sobre aplicación del criterio del devengado para la deducción de gastos.

A-14

Pronunciamiento del Tribunal Fiscal y de la Sunat sobre la deducción de la provisión de incobrables.

A-19

Pasos contables y legales para liquidar una empresa.

B-1

Identificación y tratamiento de contingencias al finalizar un ejercicio.

B-4

Procedimiento para realizar un despido justificado.

C-1

Análisis financiero para el acogimiento a un fraccionamiento tributario.

D-1

Conozca los cambios al procedimiento de importación temporal para reexportación en el mismo estado.

E-1


 

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