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JUEVES 05 DE ENERO DE 2006 |
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ENERO -2006
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PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA |
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Aprueban manual de contabilidad para las Entidades Prestadoras de Salud. |
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A partir del mes de agosto las empresas deberán llevar obligatoriamente un Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios. |
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La fiscalización laboral y tributaria irán de la mano. |
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Hasta mañana vence el plazo para el pago de aportes a las AFP en efectivo o con cheque del mismo banco o con cheque de gerencia por la obligación del mes de diciembre de 2005; como también la presentación de la Declaración sin Pago de aportes del mes de diciembre de 2005.
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Faltan cinco días, para que se inicie la presentación de la declaración jurada y el pago del Impuesto General a las Ventas y pagos a cuenta del Impuesto a la Renta del mes de diciembre 2005.
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Asimismo, pueden efectuar la cancelación de la 2ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de enero de 2006, los productores de aguas minerales, gaseosas aromatizadas o no, cervezas; así como los productores de combustibles derivados del petróleo. |
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NORMAS
INTERNACIONALES
DE INFORMACIÓN FINANCIERA |
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FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA |
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MANUAL DE REFERENCIA RÁPIDA
DEL CONTADOR
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Ver Contenido |
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APRUEBAN MANUAL DE CONTABILIDAD PARA LAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
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Dispositivo |
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Resolución N° 037-2005-EF/93.01
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Fecha de publicación |
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Jueves 5 de enero de 2006
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Fecha de vigencia |
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Domingo 25 de setiembre de 2005
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De conformidad con la Cuarta Disposición Final de la Ley N° 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, se resuelve aprobar el Manual de Contabilidad para las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), el cual regirá a partir del 1 de enero del presente año.
Asimismo, se dispone dejar sin efecto a partir del 1 de enero de 2006 el Plan de Cuentas para las EPS, que fue aprobado mediante la Resolución de Contaduría N° 139-2001-EF/93.01. |
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A PARTIR DEL MES DE AGOSTO LAS EMPRESAS DEBERÁN LLEVAR OBLIGATORIAMENTE UN REGISTRO DE TRABAJADORES Y PRESTADORES DE SERVICIOS
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Según el último Decreto Supremo del Ministerio de Trabajo, se establece que a partir del mes de agosto del presente año será obligatorio para los empleadores que cuenten con más de tres (3) trabajadores dependientes, o más de tres prestadores de servicios independientes llevar un Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios (RTPS).
Este registro se llevará a través de medios electrónicos, donde se registrará la información de los trabajadores y prestadores de servicios, tales como sus datos generales, monto de la retribución, días laborados, entre otros.
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Asimismo, dicho Registro sustituirá a las planillas de pago y deberá ser presentado ante la Sunat en periodos mensuales en la forma y condiciones de envío que esta entidad señale.
Cabe mencionar, que se mantienen vigentes las disposiciones referidas al pago de la remuneración, así como a la conservación de las boletas de pago. |
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LA FISCALIZACIÓN LABORAL Y TRIBUTARIA IRÁN DE LA MANO
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Según el especialista Jorge Toyama, la nueva disposición del Ministerio de Trabajo de implementar un Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios conllevará a tener una misma fuente de información para las inspecciones laborales y tributarias.
Asimismo, señaló que las empresas más perjudicadas serán aquellas que actualmente evaden, mediante diversos mecanismos, el cumplimiento de las normas laborales, tales como no tener trabajadores en planilla para pagar menos.
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Por otro lado, manifestó que con esta medida el Estado podrá determinar y fiscalizar con más rapidez. |
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SEGUNDA QUINCENA DICIEMBRE 2005
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Temas |
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¿Cuándo y cómo concluye una fiscalización tributaria? | A-1 |
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Límites para la deducción de la remuneración pagada a los accionistas de la empresa. A propósito del valor de mercado de las remuneraciones. | A-5 |
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Principales gastos deducibles para el Impuesto a la Renta (intereses por deudas, gastos por vehículos, mermas, desmedros, gastos de representación, etc.) |
A-9 |
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Casos sobre aplicación del criterio del devengado para la deducción de gastos. |
A-14 |
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Pronunciamiento del Tribunal Fiscal y de la Sunat sobre la deducción de la provisión de incobrables. |
A-19 |
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Pasos contables y legales para liquidar una empresa. |
B-1 |
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Identificación y tratamiento de contingencias al finalizar un ejercicio. |
B-4 |
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Procedimiento para realizar un despido justificado. |
C-1 |
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Análisis financiero para el acogimiento a un fraccionamiento tributario. |
D-1 |
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Conozca los cambios al procedimiento de importación temporal para reexportación en el mismo estado.
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E-1 |
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