Tipo de norma: Resolución Ministerial
Número de norma: Nº 290-2025-EF/50
Fecha de publicación: Miércoles, 18 de junio de 2025
Como es de conocimiento general, el literal a) del artículo 7 del Reglamento de la Ley de Canon, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-EF, dispone que, determinado el monto del Impuesto a la Renta que constituye recurso del Canon Gasífero —entre otros conceptos—, dicho monto se transfiere a los gobiernos regionales y gobiernos locales en hasta doce (12) cuotas consecutivas mensuales, a partir del mes siguiente a la recepción de la información proporcionada por la Sunat.
Asimismo, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución del Canon Gasífero —entre otros— son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente.
Por medio de la presente norma, se aprueban los índices de distribución del Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, los cuales deben ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiarios, conforme al Anexo denominado “Índices de Distribución de Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Adicionalmente, se dispone que el Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024 sea distribuido en doce (12) cuotas consecutivas mensuales.
Vigencia: 19/06/2025