Tipo de norma: Resolución SBS
Número de norma: N° 03622-2025
Fecha de publicación: Martes 14 de octubre de 2025
La presente norma es aplicable a nivel nacional a las personas jurídicas constituidas en el Perú de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sociedades, así como a las sucursales establecidas e inscritas en el Perú de personas jurídicas constituidas en el extranjero, que cuenten con autorización vigente otorgada por el MINCETUR para la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y/o apuestas deportivas a distancia, así como para la explotación de salas de juego de apuestas deportivas a distancia, utilizando internet o cualquier otro medio de comunicación.
La norma establece un marco integral de cumplimiento, imponiendo a las empresas que operan en este rubro la obligación de implementar un Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT). Entre sus aspectos más importantes se incluyen: la designación de un oficial de cumplimiento, los procedimientos de conocimiento del cliente y del beneficiario final, las políticas de capacitación y los mecanismos de reporte de operaciones sospechosas ante la UIF-Perú.
Asimismo, se alinean los requerimientos nacionales con los estándares internacionales, fortaleciendo la articulación entre la SBS, la UIF-Perú y el MINCETUR. De esta manera, se busca asegurar la transparencia y trazabilidad de las operaciones realizadas mediante plataformas tecnológicas, mitigando los riesgos de que el sector sea utilizado con fines ilícitos.
Vigencia: 15/10/2025