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Agenda pendiente: Materias sobre las que el Poder Ejecutivo aún puede legislar

Cómo es de conocimiento general, mediante la Ley Nº 31380, se otorgó al Poder Ejecutivo, por un plazo de 90 días calendario a partir de la vigencia de citada Ley (es decir del 28/12/2021 al 28/03/2022), la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica.

En el marco de las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo, entre el 30 y 31 de diciembre de 2021 se publicaron las siguientes normas:

DispositivoFecha de PublicaciónVigenciaSumilla
D.Leg.  Nº 151530.12.202101.01.2022Modifican Ley General de Acuicultura (D.Leg. N° 1195)  e incorporan beneficios tributarios
D.Leg.  Nº 151630.12.202131.12.2021Modifican norma sobre Convenios de Estabilidad Jurídica
D.Leg.  Nº 151730.12.202101.01.2022Modifican Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley N° 29763) e incorporan beneficios tributarios
D.Leg.  Nº 151830.12.202101.01.2022Modifican Ley del Impuesto a la Renta e incluyen presunción vinculada a la venta de recursos hidrobiológicos
D.Leg.  Nº 151930.12.202101.01.2022Prorrogan vigencia de exoneraciones y beneficios tributarios vinculados al IGV
D.Leg.  Nº 152031.12.202101.01.2022Se modifica la Ley de Tributación Municipal y la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

Considerando las facultades otorgadas en materia tributaria, aún se encontrarían pendientes de publicar normativa, entre otros, vinculadas a las siguientes materias:

Impuesto a la Renta:

Impuesto General a las Ventas:

Código Tributario:

Otras medidas:

Fuente: Staff de Contadores & Empresas

Fecha: 05/01/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.