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Sunafil: denuncias originaron el 98% de inspecciones por gratificaciones

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que el 98% de las inspecciones realizadas sobre gratificaciones, entre el 2024 y lo que va del 2025, fueron por denuncias de los trabajadores. Es decir, 27,774 inspecciones por denuncias versus 557 inspecciones por operativos.

El monto de la gratificación será equivalente a una remuneración mensual íntegra si el trabajador laboró el semestre completo (desde el 1° de julio al 31 de diciembre), es decir aquellos trabajadores que mantengan vínculo laboral hasta el 31 de diciembre de 2025, indicó la entidad supervisora.

Para aquellos trabajadores que no laboren el semestre completo, el monto de la gratificación será en proporción al número de meses calendarios completos laborados. Es decir, 1/6 de la remuneración computable por cada mes calendario, precisa la Sunafil.

Por ejemplo, si un trabajador inicia sus labores el 1° de septiembre y su remuneración mensual es de 1,500 soles, le corresponderá 250 por cada mes; y por los cuatro meses, un total de 1,000 soles por concepto de gratificación por Navidad.

¿Qué otro concepto se debe abonar?


Junto al pago de la gratificación, el empleador deberá abonar una bonificación extraordinaria, equivalente al 9 % del aporte al Seguro Social de Salud, que hubiese correspondido efectuar por concepto de la gratificación. En el caso de trabajadores cubiertos por una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria equivale al 6.75 %, detalla la entidad supervisora.

Las gratificaciones no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos; a excepción de los descuentos establecidos por ley (Impuesto a la Renta), autorizados por el trabajador o dispuestos por mandato judicial.

Multas por no pagar la gratificación


El incumplimiento del pago de la gratificación se encuentra tipificado como una infracción grave en materia de relaciones laborales, cuya sanción se determinará teniendo en cuenta el número de trabajadores afectados y el tipo de empresa. En ese sentido, las multas pueden oscilar entre los 2,407.50 soles para la pequeña empresa hasta los 139,742 soles para la no mype, precisa la Sunafil.

Fuente: El Peruano

Fecha: 08/12/25

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.