Mediante el Proyecto de Ley Nº 12245/2025-CR, presentado al Congreso de la República el día 29 de agosto de 2025, se plantea modificar la sanción aplicable por la infracción prevista en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario a fin de adecuarlo al principio de proporcionalidad con el propósito de generar los incentivos para el cumplimiento de obligaciones tributarias.
Regulación vigente
Tabla I: Código Tributario – Libro Cuarto (Infracciones y sanciones) Personas y entidades generadores de renta de tercera categoría incluidas las del Régimen Mype tributario
| Infracciones | Referencia | Sanción |
| (…) | ||
| 4. Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar de declaraciones y comunicaciones | Artículo 176 | |
| – No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. | Numeral 1 | 1 UIT |
Tabla II: Código Tributario – Libro Cuarto (Infracciones y sanciones) Personas naturales que perciban renta de cuarta categoría, personas acogidas al Régimen Especial de renta y otras personas y entidades no incluidas en las tablas I y III, en lo que sea aplicable
| Infracciones | Referencia | Sanción |
| (…) | ||
| 4. Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar de declaraciones y comunicaciones | Artículo 176 | |
| – No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. | Numeral 1 | 50% de la UIT |
Modificación del primer ítem del rubro 4 de las tablas de infracciones y sanciones I y II
Tabla I: Código Tributario – Libro Cuarto (Infracciones y sanciones) Personas y entidades generadores de renta de tercera categoría incluidas las del Régimen Mype tributario
| Infracciones | Referencia | Sanción |
| (…) | ||
| 4. Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar de declaraciones y comunicaciones | Artículo 176 | |
| – No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. | Numeral 1 | 1 UIT o 0.6% de los IN (24) |
Tabla II: Código Tributario – Libro Cuarto (Infracciones y sanciones) Personas naturales que perciban renta de cuarta categoría, personas acogidas al Régimen Especial de renta y otras personas y entidades no incluidas en las tablas I y III, en lo que sea aplicable
| Infracciones | Referencia | Sanción |
| (…) | ||
| 4. Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar de declaraciones y comunicaciones | Artículo 176 | |
| – No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. | Numeral 1 | 50% de la UIT o 0.6% de los IN (24) |
Incorporación de la nota (24) en las Tablas de infracciones y sanciones I y II del Código Tributario
Tabla I
Notas: (24) Se aplica el 0,6% de los IN tratándose de las infracciones vinculadas a los tributos administrados por la SUNAT con los topes señalados en la nota (10).»
Tabla II
Notas: (24) Se aplica el 0,6% de los IN tratándose de las infracciones vinculadas a los tributos administrados por la SUNAT con los topes señalados en la nota (10).»
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Nº 12245/2025-CR en el siguiente enlace: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MzE5MzU3/pdf
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 01/09/2025