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Sunat desconocerá facturas falsas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó la lista de 78 sujetos sin capacidad operativa (SSCO), calificados como aquellos contribuyentes que, si bien pueden emitir comprobantes de pago, no cuentan con los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o estos no resultan idóneos, para realizar operaciones por las que se emiten dichos documentos.

El listado al 31 de diciembre del 2025 incluye 78 SSCO, de los cuales 56 están ubicados en Lima, dos en Chimbote, siete en La Libertad, tres en Arequipa, tres en Cajamarca, dos en Ayacucho, dos en Huánuco, dos en Ica y uno en Piura.

Detalles

La Sunat precisó que se emitieron 455,000 facturas; 23,000 notas de crédito y 66 notas de débito a 57,804 clientes. El monto generado de crédito fiscal del impuesto general a las ventas (IGV), gasto y costo para el impuesto a la renta (IR) que no será reconocido por la entidad recaudadora es superior a los 3,195 millones de soles.

En cuanto al régimen tributario, 39,177 de estos clientes pertenecen al esquema mype tributario, 12,355 al especial y 5,509 al general.

Sobre el sector económico, más de 16,000 pertenecen a la actividad comercial; 24,351 del sector servicios; 7,811 de manufactura y 7,347 del sector construcción, entre los principales.

De acuerdo con la normatividad vigente, tras la publicación de la relación de SSCO en www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/sujeSinCapacidadOperativa.html y por un periodo de cuatro años, estas empresas no podrán emitir comprobantes de pago, documentos que permiten ejercer el derecho al crédito fiscal y/o sustentar costo o gasto para efecto del IR.

Tampoco notas de crédito y débito, con excepción de las liquidaciones de compra. Solo pueden emitir boletas de venta electrónicas, precisó la Sunat.

Solicitud

Por otro lado, en los primeros 30 días hábiles a la publicación de la lista, el cliente puede presentar una solicitud para la revisión de los comprobantes de pago y documentos complementarios que el SSCO le hubiera otorgado desde el 20 de marzo del 2022 hasta el día en que se efectúa la referida publicación.

Con este procedimiento la Sunat busca reducir el riesgo de operaciones no reales (ONR) y disuadir conductas evasoras para enfrentar la del incumplimiento tributario y mejorar la recaudación del IGV y del IR, estableciendo un modelo de control eficiente y dentro de un marco legal garantista que además contribuya con la reducción de la competencia desleal.

Fuente: El Peruano

Fecha: 28/01/26

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.