Como resultado de las diferentes operaciones empresariales llevadas a cabo durante el ejercicio gravable 2012 las entidades generadoras de rentas de tercera categoría deben cumplir con la declaración fiscal anual correspondiente, que tendrá que expresar los resultados de un análisis profesional integrado y sistematizado de todas las transacciones llevadas a cabo por los contribuyentes, conforme a las particularidades y sector económico, ya que posteriormente podrá ser materia de fiscalización por parte de la Administración Tributaria.
En ese sentido, el presente seminario tiene como propósito orientar y preparar a las diferentes entidades para la adopción de los criterios financieros, contables, legales y jurisprudenciales vigentes que permitan resolver las diferentes controversias que a menudo se generan con ocasión de esta labor profesional.
Asimismo, incidiremos especialmente en la identificación de los gastos deducibles y reparables, ya que no toda erogación o desembolso será aceptada como tal únicamente por su elemento semántico, sino que previamente debe examinarse su real naturaleza y si estos se ajustan a los criterios o parámetros establecidos en la normativa tributaria. Del mismo modo se identificarán las soluciones y mejores prácticas empresariales para la aplicación de los créditos, saldos a favor, entre otras operaciones que siempre generan controversias entre la Administración Tributaria y los contribuyentes.
CIERRE TRIBUTARIO
1. Deducciones y adiciones a la base imponible
• Principio de causalidad para la deducción de gastos.
• Límites cuantitativos, fehaciencia y otros aspectos relevantes en la deducción gastos.
• Gastos vinculados al personal.
• Gastos relacionados con vehículos,
• Gastos propios del giro del negocio: promoción, representación, publicidad, entre otros.
• Gastos incurridos entre partes vinculadas
• Gastos de ejercicios anteriores
• Gastos relacionados son la depreciación de activos y amortización de intangibles
• Mermas y desmedros
2. Reconocimiento de gastos sin sustento, a efectos de determinar la tasa adicional del 4.1%, por
distribución indirecta de dividendos
3. Identificación de diferencias temporales en la determinación del impuesto a la renta y su
declaración en el PDT anual:
Principales diferencias temporales: arrendamiento financiero, intangibles, vacaciones, rentas de cuarta o
quinta categoría no pagadas dentro del plazo establecido en la normativa, servicios de auditoría, entre
otros.
4. Pérdidas tributarias, arrastre de créditos o saldos a favor
• Generación y reconocimiento de pérdidas
• Arrastre de pérdidas
• Aplicación de saldos a favor u otros créditos contra el impuesto a la renta.
CIERRE CONTABLE Y FINANCIERO
1. Estados financieros: ajustes y reclasificaciones para el cierre.
2. Análisis y preparación de los principales asientos de ajustes y reclasificaciones:
Hechos posteriores ocurridos entre la fecha de cierre y la aprobación y dictamen de los estados
financieros.
3. Aspectos vinculados a los estados financieros para el cierre contable 2012:
• Reconocimiento contable de los ingresos por la venta de bienes y por la prestación de servicios.
• Control y valuación de inventarios.
• Tratamiento contable de la desvalorización de existencias, mermas y desmedros.
• Estimación de cobranza dudosa
• Depreciaciones del activo fijo.
• Fluctuaciones de valores.
• Desvalorización de activos por su deterioro y/u obsolescencia.
• Cambio del valor de las provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes.
• Tratamiento contable del Impuesto a la Renta diferido y de las participaciones laborales.
• Diferencias temporales.
• Impuesto diferido.
• Presentación en los estados financieros y notas aplicables.
• Revelación y redacción de notas a los estados financieros de fin de año.
6 y 7 de febrero de 2013
Miércoles 6 de febrero de 5:00 p.m. a 10:00 p.m. y Jueves 7 de febrero de 5:30 p.m. a 10:00 p.m.
BUSINESS TOWER HOTEL
Av. Guardia Civil Nº 727, Corpac
Público General: S/.350.00
Suscriptores a la revista Contadores&Empresas;: S/.280.00
(Incluye IGV).
Depósito o transferencia a nombre de GACETA CONSULTORES S.A. (previa inscripción)
Banco de Crédito:
Cta. Cte. Nº 197-1318568-0-67
CCI Nº 00219400131856806798
Banco de la Nación:
Detracción 9% a partir de S/. 700.0
Cta. Cte. Nº 00000816434
Nota:
1. Para el caso de pago con cheque de gerencia, la comisión bancaria correspondiente será asumida por el cliente participante al seminario.
2. Debido a las vacantes limitadas, no procederá la devolución del dinero por inasistencia del participante ni podrá asistir a otro seminario en sustitución.
Martes 5 de febrero de 2013
Pioner Tributario Tomo I y II - 2012
Nuevo llenado de la planilla electronica: el T-Registro
Aplicación práctica de la Ley del Impuesto a la Renta. Personas naturales y empresas
Cierrre del ejercicio aplicando el Nuevo Plan Contable General
Operaciones con no domiciliados y convenios para evitar la doble Imposición
Código Tributario para Contadores
Cómo realizar exitosamente reclamaciones, apelaciones y quejas. Análisis, casuística y jurisprudencia
Inicio y Termino de la Relación Laboral
Manual Societario para Contadores
INSCRBETE YA