Norma del Día


Modificación de la oportunidad para la presentación de la solicitud de devolución del SFMB de exportadores de bienes y servicios

25 de Mayo de 2017 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Resolución SUNAT
Número de la Norma          : Nº 132-2017/SUNAT
Fecha de publicación          : 2017-05-25


Como se sabe, recientemente el país se vio afectado por desastres naturales que afectaron varios departamentos del país declarándose el estado de emergencia. La Sunat, acertadamente, emitió disposiciones (como la R.S. Nº 100-2017-Sunat) estableciendo la prorroga en los plazos de vencimientos en la obligaciones sustanciales y formales de los contribuyentes ubicados en zonas afectas; sin embargo, ello generó un vacío legal respecto a la oportunidad de la presentación de la solicitud de devolución del SFMB de exportadores ubicados en dichas zonas, considerando que en la solicitud se debe señalar el último periodo declarado.

Considerando ello, en la Resolución en comentario se ha dispuesto que para la presentación de solicitudes de devolución del SFMB que se realice en el mes subsiguiente al de la publicación del decreto supremo que declara estado de emergencia por desastre natural y en meses posteriores, aquel sujeto comprendido en los alcances de la R.S. Nº 100-2017/SUNAT debe aplicar la regla general establecida por la R.S. Nº 166-2009/SUNAT lo cual implica que si la solicitud corresponde a los períodos incluidos en el cronograma especial debe esperar que transcurran las nuevas fechas de vencimiento aun cuando se encuentre en la posibilidad de presentar la declaración de esos períodos antes de dichas fechas.

Asimismo, a fin que la extensión de plazos de vencimientos de la R.S. Nº 100-2017/SUNAT no se torne perjudicial para efectos de la presentación de la solicitud de devolución del SFMB, se ha incorporado en la R.S. Nº 166-2009/SUNAT una regla especial adicional aplicable a los solicitantes que se encuentren en la situación descrita.

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