Noticia Laboral
Empleadores no pueden revisar contenido de los correos corporativos de sus trabajadores
5 de Junio de 2017 | LaboralLos correos electrónicos entregados a los trabajadores por parte de sus empleadores, deben ser usados para fines laborales, pudiendo por ello el empleador acceder a su contenido. No obstante, según la Casación Laboral Nº 14614-2016-Lima, ello vulnera la el derecho a la intimidad de los trabajadores, así como a la inviolabilidad de las comunicaciones y que solo se puede acceder al contenido por mandado judicial.
Según el especialista Sandro Núñez, se trata del primer fallo en sede laboral, con un pronunciamiento de protección a las comunicaciones de los trabajadores y que por ello las empresas tendrán que modificar sus políticas de uso de correos corporativos porque no podrán afectar derechos fundamentales de los trabajadores.
Por otro lado, según el abogado laboralista, Jorge Toyama, se tendría que pedir permiso al trabajador para acceder al correo, o a los que participaron en la conversación, para que compartan sus comunicaciones, ya que de no ser así, se tendrá que recurrir a un juez penal que autorice la apertura de un email antes de despedir al trabajador.
Por su parte, el también abogado laboralista, Cesar Puntriano, dijo que otro problema del fallo radica en que no se analiza los derechos constitucionales del empleador, que también están en colisión, como son el derecho de propiedad, la libre contratación y la libertad económica. Dijo también que debe diferenciarse entre las herramientas informáticas de carácter personal del trabajador, de aquellas que le proporciona el empleador como medio de trabajo, las cuales solo pueden emplearse para fines laborales, no siendo por ello inconstitucional que el empleador acceda a su contenido.
Fecha de publicación: 05/06/2017.
Fuente: Diario Gestión.
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